Compensación equitativa Tic Asturias
La aplicación indiscriminada de un canon para la compensación por copia privada, a empresas y profesionales, que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada no es conforme con el concepto de «compensación equitativa» en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29.
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@peduwan, Alertas TIC, Articulos, Propiedad Intelectual